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Derecho y Políticas Ambientales
-Derecho Ambiental-
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-Nuestras Unidades- Derecho Ambiental
El objetivo de la División de Legislación y Convenciones Ambientales DELC en la Oficina Regional para América Latina y el Caribe, es apoyar a los miembros de la región en el desarrollo de políticas integradas y coherentes ante los problemas ambientales, y fortalecer el Derecho Ambiental, así como mejorar la observancia y el cumplimiento de instrumentos jurídicos relativos al medio ambiente. Desde el establecimiento del PNUMA en 1972, bajo la Resolución 2997 (XXVII) de la Asamblea General de Naciones Unidas (únicamente Versión en Inglés), el derecho ambiental ha sido una de las áreas de enfoque prioritarias para el PNUMA. Esto se enfatizó bajo la Resolución 3436 (XXX) de la Asamblea General de Naciones Unidas (únicamente Versión en Inglés), que retoma la convicción que el desarrollo de un Derecho Ambiental adecuado es una medida esencial de apoyo para la implementación de las políticas, estrategias y recomendaciones del PNUMA. Para poder cumplir con esto, el PNUMA ha dedicado una rama entera de la División a la promoción del desarrollo y la aplicación del Derecho Ambiental. Comenzando en 1982, las actividades de Derecho Ambiental del PNUMA se han llevado a cabo dentro del marco de los Programas de Desarrollo y Examen Periódico del Derecho Ambiental (Programas de Montevideo) aprobados por el Consejo de Administración para períodos de diez años. Actualmente, el PNUMA está implementando el Programa de Montevideo III, adoptado por el Consejo de Administración del PNUMA en la Decisión 21/23 el 9 de febrero de 2001. Bajo estos programas las actividades del PNUMA en el campo del Derecho se han basado en el siguiente enfoque estratégico:
El papel del PNUMA en la promoción del desarrollo, implementación y cumplimiento del derecho y las políticas ambientales a los niveles mundial, regional y nacional, ha sido ulteriormente reforzado por la Resolución 47/191 de la Asamblea General de Naciones Unidas sobre los Arreglos Institucionales Complementarios de la Conferencia sobre Medio Ambiente y Desarrollo de Naciones Unidas (UNCED – Conferencia de Río, también conocida como la Cumbre de la Tierra), el Programa 21, la Declaración de Nairobi sobre el Papel y el Mandato del PNUMA, la Declaración Ministerial de Malmö, adoptada en el Primer Foro Mundial Ambiental a nivel Ministerial y en el Plan de Implementación de Johannesburgo. Fue en 1995 cuando el PNUMA puso en operación el Programa de Derecho Ambiental (PDA) en la Oficina Regional para América Latina y el Caribe (ORPALC), el cual tiene como aspiración apoyar el desarrollo del derecho y las políticas ambientales y mejorar su observancia y cumplimiento en los países de América Latina y el Caribe. A partir de 1994, el ámbito del PDA en la región de América Latina y el Caribe ha abarcado principalmente los siguientes campos de acción: 2) Creación de Capacidades y Capacitación en Derecho Ambiental 3) Diseminación de Información concerniente al derecho y las políticas ambientales |